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Condiciones Generales de Alquiler

Las condiciones para el alquiler de nuestras embarcaciones en el Puerto de El Molinar. Prevalece la versión española.

Las presentes Condiciones Generales de Alquiler forman parte integrante del contrato de alquiler de una embarcación a motor de Sun & Sea Playa Boats S.L. y regulan los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes antes, durante y después del periodo de alquiler.

§ 1 Ámbito de aplicación y partes contratantes

1.1Las presentes Condiciones Generales se aplican a todos los contratos de alquiler de embarcaciones celebrados entre Sun & Sea Playa Boats S.L., Puerto de El Molinar, Palma de Mallorca (en adelante, el ARRENDADOR), y el cliente (en adelante, el ARRENDATARIO).

1.2No se admitirán condiciones divergentes o contrarias del ARRENDATARIO, salvo que el ARRENDADOR las haya aceptado expresamente por escrito.

1.3Con la reserva, el ARRENDATARIO acepta estas Condiciones Generales con carácter vinculante. En caso de contradicción entre el contrato de alquiler y las presentes Condiciones, prevalecerá lo dispuesto en el contrato de alquiler.

§ 2 Perfección del contrato y reserva

2.1La solicitud de reserva del ARRENDATARIO constituye una oferta vinculante. El contrato se perfecciona únicamente con la confirmación de la reserva por parte del ARRENDADOR por escrito (basta el correo electrónico).

2.2En el momento de la reserva, el ARRENDATARIO deberá indicar el nombre y el número de todas las personas que embarcarán (lista de tripulación) y remitir una copia del documento de identidad o pasaporte, así como una copia del título náutico (SBF See) o de la licencia exigida para la embarcación y la zona de navegación del patrón responsable. Estos datos y documentos son obligatorios conforme a la normativa española de chárter; sin ellos la reserva no podrá confirmarse.

2.3El ARRENDATARIO se obliga a estar localizable durante todo el periodo de alquiler en el número de teléfono móvil facilitado.

2.4No existe derecho de desistimiento conforme a la normativa de contratos a distancia, por tratarse de un servicio de ocio previsto para una fecha determinada.

§ 3 Condiciones de pago

3.1Salvo pacto en contrario, en el momento de la reserva deberá abonarse un anticipo del 30 % del precio del alquiler. El importe restante deberá abonarse, a más tardar, antes de la entrega de la embarcación.

3.2Todos los precios se entienden con el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) español legalmente aplicable, actualmente del 21 %.

3.3La entrega de la embarcación se realizará únicamente tras el pago íntegro del precio del alquiler y el depósito de la fianza.

3.4No están incluidos en el precio del alquiler, en particular, el combustible, las tasas de amarre en puertos ajenos, la manutención ni los servicios adicionales contratados por separado.

§ 4 Cancelación e incomparecencia

4.1Si el ARRENDATARIO cancela la reserva hasta 14 días antes de la fecha de alquiler acordada, inclusive, la cancelación será gratuita. Los pagos ya realizados se reembolsarán íntegramente.

4.2En caso de cancelación con menos de 14 días de antelación respecto de la fecha de alquiler acordada, no se efectuará reembolso alguno; el precio íntegro del alquiler seguirá siendo exigible.

4.3Si el ARRENDATARIO no se presenta o no lo hace puntualmente a la hora de entrega acordada (no-show), no tendrá derecho a reembolso. La embarcación permanecerá a su disposición hasta la finalización del periodo reservado; el periodo de alquiler no se prorrogará.

4.4La cancelación deberá realizarse por escrito. Será determinante la recepción de la declaración de cancelación por el ARRENDADOR.

4.5Si el ARRENDADOR cancela el alquiler (§ 11, § 19), el ARRENDATARIO podrá optar entre una fecha alternativa o el reembolso íntegro de todos los pagos realizados. Quedan excluidas reclamaciones adicionales.

§ 5 Patrón y requisitos para la entrega

5.1El patrón responsable deberá tener al menos 18 años y disponer del título de competencia legalmente exigido para la embarcación y la zona de navegación, así como de experiencia y conocimientos suficientes.

5.2Antes de la entrega deberán presentarse el documento de identidad o pasaporte y el título náutico (SBF See o licencia equivalente) en original.

5.3La embarcación solo podrá ser gobernada por el patrón designado nominalmente en el contrato de alquiler.

5.4El ARRENDADOR está facultado para denegar la entrega cuando:

  • el patrón no se presente o no aporte la documentación exigida
  • existan indicios de influencia de alcohol, drogas o medicamentos
  • se hayan facilitado datos falsos en la reserva
  • se supere el número de personas autorizado, o
  • existan dudas fundadas sobre la aptitud o el estado del patrón.

En estos casos el contrato se considerará cancelado por el ARRENDATARIO y no se efectuará reembolso alguno.

§ 6 Fianza

6.1Antes de la recepción de la embarcación, el ARRENDATARIO depositará una fianza de 1.000,00 € en efectivo o mediante tarjeta de crédito (preautorización).

6.2La fianza garantiza todos los derechos del ARRENDADOR, en particular por daños en la embarcación, pérdida de equipamiento, franquicia del seguro, devolución tardía, costes de limpieza y repostaje, así como multas.

6.3Si la embarcación se devuelve completa, limpia y sin daños, la fianza se liberará de inmediato y, en caso de pago con tarjeta de crédito, en un plazo máximo de 7 días hábiles.

6.4Si el daño supera el importe de la fianza, el ARRENDATARIO deberá abonar la diferencia sin demora. El ARRENDADOR podrá exigir un pago complementario inmediato.

6.5Si en el momento de la devolución no fuera posible valorar definitivamente el daño, el ARRENDADOR estará facultado para retener la fianza hasta la determinación del alcance del daño, con un máximo de 30 días.

§ 7 Entrega, devolución y devolución tardía

7.1La entrega y la devolución se realizan en el Puerto de El Molinar en los horarios acordados en el contrato de alquiler. En los alquileres de varios días, la entrega se realiza el primer día a las 10:00 horas y la devolución el último día a las 18:00 horas.

7.2La instrucción y la elaboración del acta de entrega computan dentro del periodo de alquiler.

7.3Antes de la entrega y tras la devolución se inspecciona la embarcación conjuntamente. El estado, el inventario y, en particular, las hélices se hacen constar en el acta, que será firmada por ambas partes.

7.4En caso de devolución tardía se aplicará una penalización de 50,00 € por cada hora iniciada. Queda reservada la reclamación de daños adicionales, en particular la pérdida de ingresos por chárter frente a clientes posteriores.

7.5Si transcurrida más de una hora desde la hora de devolución acordada el ARRENDATARIO no ha regresado ni está localizable, el ARRENDADOR estará facultado para avisar al servicio de salvamento marítimo y a las autoridades competentes. Los costes derivados correrán a cargo del ARRENDATARIO en la medida en que le sea imputable la causa.

7.6La devolución anticipada no da derecho a reducción alguna del precio del alquiler.

§ 8 Combustible

8.1La embarcación se entrega con el depósito lleno y debe devolverse con el depósito lleno. El combustible no está incluido en el precio del alquiler.

8.2Si el repostaje lo realiza el ARRENDADOR, se facturarán los costes de combustible más una tasa de servicio de 50,00 €, que se descontarán de la fianza.

§ 9 Limpieza

9.1La limpieza final ordinaria está incluida en el precio del alquiler.

9.2En caso de suciedad severa o de residuos abandonados a bordo se aplicará una tarifa a tanto alzado de 50,00 €. Se considera suciedad severa, en particular, la presencia de restos de comida y bebida, vómitos, restos de pescado y cebo, arena en cantidad considerable, así como restos de pintura o adhesivos.

9.3Si el esfuerzo de limpieza real supera considerablemente dicha tarifa, el ARRENDADOR podrá facturar los costes efectivamente incurridos, previa acreditación.

§ 10 Zona de navegación y limitaciones

10.1La zona de navegación se limita a las aguas jurisdiccionales españolas del Mediterráneo y a un máximo de 2 millas náuticas de la costa y, en su caso, al ámbito autorizado por el título náutico.

10.2Deberá mantenerse una distancia mínima de 200 metros respecto de la costa, en especial de las playas y zonas de baño. Queda prohibida la entrada en las zonas de baño balizadas.

10.3Queda prohibida la navegación nocturna. La embarcación deberá regresar a puerto antes de la puesta de sol y, en todo caso, a la hora de devolución acordada.

10.4Deberán respetarse los espacios naturales protegidos y las zonas restringidas, así como las disposiciones de las autoridades. El fondeo sobre praderas de Posidonia está prohibido por ley y es sancionado por las autoridades con multas de elevada cuantía.

10.5Abandonar la zona de navegación autorizada constituye un incumplimiento grave del contrato, conlleva la pérdida de la cobertura del seguro y faculta al ARRENDADOR para retener la totalidad de la fianza.

§ 11 Condiciones meteorológicas

11.1El ARRENDADOR está facultado para cancelar o aplazar la salida por motivos de seguridad, en particular ante previsiones de viento fuerte, temporal, tormenta o mar gruesa.

11.2Queda prohibido al ARRENDATARIO hacerse a la mar cuando se prevean vientos de fuerza 5 Beaufort o superior.

11.3La nubosidad ligera, los chubascos de corta duración y las condiciones de viento habituales en Mallorca durante todo el año no constituyen causa de cancelación por parte del ARRENDATARIO.

11.4Si el ARRENDADOR cancela la salida por causas meteorológicas, el ARRENDATARIO podrá optar entre una fecha alternativa o el reembolso íntegro. Quedan excluidas reclamaciones adicionales, en particular por gastos de desplazamiento o alojamiento.

11.5Si el ARRENDATARIO interrumpe la navegación anticipadamente por decisión propia debido a las condiciones meteorológicas, no tendrá derecho a reembolso.

§ 12 Obligaciones y prohibiciones durante el alquiler

12.1A bordo solo podrá encontrarse el número de personas indicado en el contrato de alquiler y en la certificación de la embarcación. Tras la entrega no podrán embarcar personas adicionales no declaradas.

12.2Todas las personas a bordo disponen de chalecos salvavidas de la talla adecuada. Los menores de 12 años y las personas que no sepan nadar deberán llevar puesto el chaleco salvavidas de forma permanente durante la navegación. El ARRENDATARIO es responsable de la vigilancia de los menores.

12.3Rige una prohibición absoluta de alcohol y drogas para el patrón.

12.4Queda prohibido, en particular:

  • ceder o subarrendar la embarcación a terceros
  • todo uso comercial o lucrativo, incluido el transporte remunerado de personas
  • la participación en regatas, competiciones y sus entrenamientos
  • el transporte de armas, estupefacientes o mercancías de contrabando
  • el remolque de personas y de dispositivos de deportes náuticos (donuts, wakeboards, bananas, paracaídas)
  • el uso de motos acuáticas o auxiliares sin el consentimiento expreso del ARRENDADOR
  • la pesca desde la embarcación
  • el transporte de animales sin consentimiento previo
  • fumar en el interior, así como el fuego abierto y las barbacoas a bordo.

12.5El ARRENDATARIO deberá tratar la embarcación y su equipamiento con cuidado y conforme a la buena práctica marinera, y no podrá realizar modificación alguna en ellos.

12.6La embarcación no podrá dejarse amarrada o fondeada sin personas a bordo en calas o en aguas desprotegidas.

12.7Deberán observarse las disposiciones de las autoridades marítimas españolas y de la administración portuaria, así como el Reglamento internacional para prevenir abordajes.

§ 13 Seguro y franquicia

13.1La embarcación cuenta con seguro de responsabilidad civil y seguro a todo riesgo. Las condiciones del seguro pueden consultarse a petición del interesado y forman parte de este contrato.

13.2La franquicia asciende a 1.000,00 € por siniestro y corre a cargo del ARRENDATARIO. Podrá descontarse de la fianza.

13.3No están cubiertos por el seguro y, por tanto, corren íntegramente a cargo del ARRENDATARIO, en particular, los daños causados por:

  • dolo y culpa grave
  • infracción de las presentes Condiciones Generales o de disposiciones legales
  • el gobierno de la embarcación bajo los efectos del alcohol, drogas o medicamentos
  • el gobierno de la embarcación sin el título exigido o por persona no designada en el contrato
  • varada o toque de fondo y los daños resultantes en casco, transmisión, cola y hélices
  • pérdida o deterioro de equipamiento, llaves y documentación de a bordo
  • la navegación fuera de la zona autorizada

incluidos todos los daños consecuenciales derivados de ello.

13.4El robo de objetos personales no está asegurado.

13.5Se recomienda la contratación de un seguro adicional de responsabilidad del patrón o de cobertura de franquicia.

§ 14 Responsabilidad del arrendatario

14.1El ARRENDATARIO responde de todos los daños en la embarcación y en su equipamiento, así como de su pérdida, que se produzcan durante el periodo de alquiler y le sean imputables.

14.2El ARRENDATARIO responde de todos los daños materiales y personales que él mismo o las personas que haya embarcado causen a terceros.

14.3El ARRENDATARIO responde de la pérdida de uso de la embarcación durante la reparación motivada por el daño, hasta el importe de los ingresos de alquiler dejados de percibir.

14.4En caso de pluralidad de arrendatarios, estos responderán solidariamente.

§ 15 Actuación en caso de daños, avería y salvamento

15.1En caso de daños, colisiones, varadas, averías del motor u otros incidentes, el ARRENDATARIO deberá informar de inmediato al ARRENDADOR por teléfono, documentar fotográficamente el daño y hacerlo constar en el acta de devolución.

15.2En caso de daños personales o de intervención de terceros deberán avisarse además los organismos competentes (Salvamento Marítimo, Guardia Civil del Mar) y levantarse el correspondiente atestado.

15.3Quedan prohibidas las reparaciones por cuenta propia y la contratación de terceros sin el consentimiento previo del ARRENDADOR.

15.4El ARRENDATARIO no podrá aceptar ofertas de remolque o salvamento de terceros ni firmar acuerdo de salvamento alguno sin el consentimiento del ARRENDADOR. Las reclamaciones de premio de salvamento que se generen correrán a cargo del ARRENDATARIO.

15.5Por las salidas de asistencia, el remolque y el salvamento realizados por el ARRENDADOR se facturarán 150,00 € por cada media hora iniciada, siempre que la causa sea imputable al ARRENDATARIO.

15.6Si el ARRENDATARIO oculta un daño en el momento de la devolución, seguirá obligado a indemnizarlo aun después de la liberación de la fianza.

§ 16 Responsabilidad del arrendador

16.1El ARRENDADOR se obliga a entregar la embarcación limpia, en condiciones de navegabilidad y debidamente equipada.

16.2El uso de la embarcación, incluidos el baño y los saltos desde la misma, se realiza por cuenta y riesgo propios.

16.3El ARRENDADOR no responde de los objetos personales llevados a bordo, en particular de su pérdida, deterioro o robo.

16.4Si la embarcación no pudiera utilizarse durante el periodo de alquiler como consecuencia de un daño o de una interrupción del servicio, los derechos del ARRENDATARIO se limitarán al reembolso proporcional del precio del alquiler correspondiente al tiempo no disfrutado. Quedan excluidas reclamaciones adicionales, en particular por daños y perjuicios, puesta a disposición de una embarcación sustitutiva o reembolso de gastos de viaje y consecuenciales.

16.5Queda excluida la responsabilidad del ARRENDADOR por culpa leve, salvo que se vean afectados la vida, la integridad física o la salud, o se incumplan obligaciones contractuales esenciales. Quedan a salvo los supuestos de responsabilidad legal imperativa.

§ 17 Multas, sanciones y medidas administrativas

17.1Las multas, sanciones y tasas ocasionadas por la conducta del ARRENDATARIO o de las personas a bordo correrán a cargo del ARRENDATARIO, aun cuando se notifiquen al ARRENDADOR una vez finalizado el periodo de alquiler.

17.2El ARRENDADOR está facultado para comunicar los datos del ARRENDATARIO a las autoridades competentes a efectos de la persecución de dichas infracciones y facturará por ello una tasa de gestión de 25,00 € por expediente.

17.3Si la embarcación fuera incautada o inmovilizada por las autoridades por causa imputable al ARRENDATARIO, este responderá de la pérdida de uso por el importe del precio diario de alquiler por cada día de inmovilización, así como de todos los costes de liberación.

§ 18 Resolución anticipada por el arrendador

18.1El ARRENDADOR está facultado para resolver el contrato sin preaviso y exigir la devolución inmediata de la embarcación cuando el ARRENDATARIO incumpla gravemente estas Condiciones Generales, en particular por superar el número de personas autorizado, abandonar la zona de navegación permitida, encontrarse el patrón bajo los efectos del alcohol o de drogas, ceder la embarcación a terceros o haber facilitado datos falsos en la reserva.

18.2En tales casos no existirá derecho a la devolución del precio del alquiler ni de la fianza. Quedan reservadas ulteriores reclamaciones por daños y perjuicios.

§ 19 Fuerza mayor

19.1Los supuestos de fuerza mayor —en particular fenómenos naturales, temporales, cierres de puerto, disposiciones administrativas, epidemias, huelgas, guerra o terrorismo— eximen a ambas partes de su obligación de prestación mientras persistan.

19.2Si por dicha causa el alquiler no pudiera llevarse a cabo, el ARRENDATARIO podrá optar entre una fecha alternativa o el reembolso de los pagos realizados. Quedan excluidas reclamaciones adicionales, en particular por gastos de desplazamiento, alojamiento u otros gastos consecuenciales.

§ 20 Protección de datos

20.1El ARRENDADOR recaba y trata los datos personales del ARRENDATARIO y de las personas a bordo exclusivamente para la ejecución del contrato, el cumplimiento de obligaciones legales —en particular la elaboración de la lista de tripulación y el registro de los documentos de identidad conforme a la normativa española de chárter— y el ejercicio de acciones.

20.2El tratamiento se realiza conforme al Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y a la LOPDGDD española. Solo se comunicarán datos a terceros en la medida necesaria para la ejecución del contrato, la tramitación del siniestro con la aseguradora o por obligación legal.

20.3El ARRENDATARIO tiene derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición. Las solicitudes deberán dirigirse al ARRENDADOR.

§ 21 Reclamaciones

21.1Los defectos de la embarcación o de su equipamiento deberán ponerse de manifiesto antes de la salida y hacerse constar en el acta de entrega.

21.2Las reclamaciones posteriores a la finalización del alquiler deberán presentarse por escrito al ARRENDADOR en el plazo de 10 días.

§ 22 Disposiciones finales

22.1Las modificaciones y adiciones al contrato deberán realizarse por escrito.

22.2Si alguna de las cláusulas fuera o deviniera nula, ello no afectará a la validez de las restantes disposiciones. La cláusula nula se sustituirá por otra que se aproxime en mayor medida a su finalidad económica.

22.3Resulta de aplicación exclusiva el Derecho español, con exclusión de las normas de conflicto.

22.4El fuero exclusivo para toda controversia derivada de esta relación contractual es el de Palma de Mallorca, en la medida en que legalmente resulte admisible.

22.5Las presentes Condiciones Generales están disponibles en alemán, español e inglés. En caso de discrepancia entre las versiones lingüísticas prevalecerá la versión española.